Welex, su abogado en Marbella especializado en derecho inmobiliario tiene el placer de escribir unas líneas sobre el Decreto ley de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en España
Con fecha 24 de Septiembre de 2019 la Junta de Andalucía aprueba un Decreto Ley de Medidas Urgentes para la Adecuación Ambiental y Territorial de las Edificaciones Irregulares.
Nos encontramos con un nuevo Decreto Ley que viene a derogar, entre otra normativa, el Decreto 2/2012, de 10 de Enero, por el que se regulaba el, porque según nos dice los antecedentes del nuevo decreto Ley “la regulación vigente en el ordenamiento jurídico andaluz sobre esta materia resulta extraordinariamente desordenada y compleja, lo que genera un escenario de incertidumbre e inseguridad jurídica”.
Efectivamente el Decreto 2/2012 resultó ser de difícil aplicación práctica en España, toda vez que los ayuntamientos no eran capaces de determinar si las propiedades irregulares situadas en su territorio podían considerarse “asimiladas a fuera de ordenación”.
El nuevo Decreto-Ley, según su propia exposición de motivos o antecedentes, tendrá un carácter absolutamente provisional “hasta que se apruebe la nueva ley en materia de urbanismo y suelo en Andalucía”.
El Decreto-Ley regulará el procedimiento de declaración de la situación de asimilado a fuera de ordenación de las edificaciones irregulares, aisladas o agrupadas, en suelo urbano, urbanizable y no urbanizable respecto de las que ya no se pueden adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad por haber transcurrido los plazos establecidos por ley (6 años siguientes a la finalización de las obras).
Estas edificaciones irregulares en Andalucía pero que estén terminadas no podrán acceder a los servicios básicos ni se podrá realizar en ellas obras alguna hasta que se obtenga la resolución administrativa de reconocimiento de asimilado a fuera de ordenación.
El nuevo Decreto-ley introduce la posibilidad de aprobarse planes especiales para adecuar ambiental y territorialmente las agrupaciones de edificaciones irregulares, sin necesidad de que estén aprobados los futuros planes generales y su desarrollo posterior.
La aprobación de estos planes especiales no supone una modificación de la clasificación del suelo, pero permitirá que las edificaciones irregulares tengan acceso a los servicios básicos a la obras de conservación y reforma.
El Plan Especial podrá establecer la construcción de pequeños elementos auxiliares siempre que no afecte al paisaje y al entorno.
Estas edificaciones irregulares en Andalucía podrán incorporar al planeamiento urbanístico, con ocasión de la redacción de los Planes Generales de Ordenación, su revisión o su modificación.
Finalmente, se establece la necesidad de que se otorgue en todo caso licencia municipal para que acceso al Registro de la Propiedad Español de toda segregación que se realice en suelo no urbanizable, por lo que se prescinde de la declaración de innecesaridad.
No hemos querido entrar en el articulado del Decreto-Ley para evitar tediosa lectura a nuestros lectores.
Si usted tiene una propiedad en suelo no urbanizable en España y tiene dudas sobre su situación legal, póngase en contacto con los expertos abogados en Marbella especiliazados en Derecho Inmobiliario de Welex, donde encontrará respuesta a sus cuestiones.
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