En artículos anteriores, hemos destacado la importancia de prevenir el blanqueo de capitales en la compraventa de bienes inmuebles en España. También explicamos por qué los promotores inmobiliarios suelen solicitar una amplia documentación. En esta entrada del blog, Welex, un despacho de abogados con sede en Marbella, analiza más a fondo el tipo de documentación que normalmente se requiere y las razones detrás de estas solicitudes. Nuestro objetivo es garantizar que cada transacción inmobiliaria se realice de forma segura y conforme a la normativa vigente.
La lucha contra el blanqueo de capitales – en adelante PBC (Prevención de Blanqueo de Capitales) – es especialmente relevante para los promotores. Según la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales en España, están legalmente obligados a verificar el origen lícito de los fondos utilizados para la compra de propiedades.
Esta obligación legal se aplica a todos los compradores de inmuebles sin excepción, lo que implica que los promotores deben revisar la procedencia financiera en cada transacción para asegurarse de que los fondos provienen de fuentes legítimas.
https://welex-abogados.com/wp-content/uploads/2025/06/Facebooklinkedinblogs-Welex-14.webp7681024adminproseohttps://welex-abogados.com/wp-content/uploads/2019/12/Welex-Abogados-300x102.pngadminproseo2025-06-27 12:02:362025-06-27 12:09:44Prevención de Blanqueo de Capital
En Welex, un despacho de abogados en Marbella especializado en derecho inmobiliario, guiamos a nuestros clientes en los pasos clave y consideraciones necesarias al comprar una propiedad en España.
A continuación, respondemos las preguntas más frecuentes:
1. ¿Qué es una Nota Simple y por qué es importante?
La Nota Simple es un documento emitido por el Registro de la Propiedad que detalla:
La descripción física de la propiedad.
La identidad del propietario actual.
Cargas o gravámenes, como hipotecas o embargos.
Este documento garantiza que la propiedad no tenga problemas legales. Un abogado especializado puede revisarlo antes de que firmes un contrato.
2. ¿Cuáles son los pasos clave antes de comprar?
Revisión legal: Asegúrate de que la propiedad esté libre de deudas o problemas legales.
Cuenta bancaria española: Necesaria para gestionar impuestos y pagos de servicios.
NIE (Número de Identidad de Extranjero): Obligatorio para residentes no españoles en todas las transacciones oficiales.
Gestión de servicios básicos: Welex se encarga de contratar agua, electricidad, gas y cuotas comunitarias.
3. ¿Qué es la retención del 3 %?
Al comprar una propiedad a un vendedor no residente, el comprador debe retener el 3 % del precio y pagarlo a la Agencia Tributaria para cubrir las obligaciones fiscales del vendedor. Esto se gestiona a través del Modelo 211.
4. ¿Cuáles son los costes recurrentes de una propiedad?
Cuotas de comunidad: Varían según los servicios compartidos (piscina, ascensor, seguridad, etc.).
IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles): Impuesto anual basado en el valor catastral.
Suministros: Electricidad, agua, gas y mantenimiento.
5. ¿Cuáles son las obligaciones con la comunidad de propietarios?
Los compradores deben:
Contribuir a los gastos comunes.
Mantener la propiedad en buen estado.
Permitir reparaciones que afecten al edificio.
Revisa el estado financiero de la comunidad antes de comprar para evitar heredar deudas.
6. ¿Por qué es importante la paciencia?
Analiza cuidadosamente la propiedad y su valor de mercado. Tómate el tiempo para:
Visitar la propiedad varias veces.
Comparar opciones.
Esperar un informe legal sobre la propiedad.
Conclusión
En Welex, ofrecemos asesoramiento legal y fiscal integral para garantizar compras de propiedades seguras en España. Contáctanos para recibir asistencia personalizada durante todo el proceso.
https://welex-abogados.com/wp-content/uploads/2024/12/Aspectos-importantes-tener-en-cuenta-comprar-vivienda-espana.jpg7681024adminproseohttps://welex-abogados.com/wp-content/uploads/2019/12/Welex-Abogados-300x102.pngadminproseo2024-12-11 14:59:202024-12-11 14:59:20Preguntas frecuentes sobre la compra de propiedades en España
Desde Welex, su despacho de abogados de confianza en Marbella, queremos compartir información clave sobre un tema recurrente entre nuestros clientes: ¿por qué las promotoras de viviendas nuevas solicitan tantos datos a los compradores? En este artículo, abordaremos cómo estas solicitudes están relacionadas con el cumplimiento de la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales.
¿Qué es la Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales?
La Ley 10/2010, promulgada el 28 de abril de 2010 en España, fue introducida como respuesta a la creciente preocupación por la delincuencia financiera, especialmente vinculada al tráfico de drogas. Su objetivo es salvaguardar la integridad del sistema financiero y otros sectores económicos, estableciendo medidas preventivas contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
En esencia, la ley busca evitar que fondos de origen ilícito se infiltren en la economía española. El artículo uno de la ley define el blanqueo de capitales como la transformación, ocultación o uso de bienes que se sabe provienen de actividades delictivas, con el fin de disimular su origen ilegal o ayudar a los implicados a evadir las consecuencias legales.
Obligaciones de los profesionales bajo la Ley 10/2010
La ley impone ciertas obligaciones a diversos sectores profesionales, exigiéndoles la adopción de medidas de control. Entre los sectores más relevantes para nuestros clientes destacan:
Entidades bancarias y de crédito
Compañías aseguradoras vinculadas a inversiones
Promotores inmobiliarios y agentes intermediarios en transacciones de bienes inmuebles
Notarios, registradores de la propiedad, abogados y procuradores cuando gestionan operaciones por cuenta de clientes
¿Por qué las promotoras inmobiliarias solicitan tantos datos?
Según la Ley 10/2010, las promotoras deben asegurarse de la procedencia lícita de los fondos utilizados para adquirir una vivienda. Para ello, suelen solicitar a los compradores que completen formularios KYC (Conoce a tu Cliente), lo que implica la recopilación de diversa documentación.
Documentación requerida para cumplir con KYC
El formulario KYC (Know Your Client) es utilizado por bancos, instituciones financieras y promotoras para verificar la identidad y evaluar la legitimidad de los clientes, en cumplimiento con las normativas de prevención del blanqueo de capitales.
Los datos requeridos varían según si el comprador es una persona física o jurídica:
Personas físicas:
Documentos de identidad (DNI, pasaporte, NIE)
Información sobre la situación laboral o económica
Motivo de la compra (vivienda habitual o segunda residencia)
Fuente de ingresos (fondos propios o financiación)
Documentación adicional puede incluir:
Copias de las últimas nóminas o declaración de autónomos
Declaración de la renta
Personas jurídicas: Además de la documentación personal del administrador, se requerirá:
CIF de la empresa
Escritura de constitución, estatutos o certificado del Registro Mercantil
Declaraciones fiscales como el Impuesto de Sociedades e IVA
Una vez recibida la documentación, la promotora evalúa su validez y puede solicitar información adicional si lo considera necesario.
Conclusión
Al cumplir con estos requisitos, las promotoras no solo acatan las obligaciones legales, sino que también fomentan un entorno inmobiliario más seguro y transparente. Como especialistas en derecho inmobiliario en Marbella, en Welex ofrecemos apoyo a nuestros clientes extranjeros para que cumplan con los requisitos de las promotoras, asegurando que el proceso de compra de su vivienda en España sea fluido y seguro. No dude en consultarnos para recibir asesoría legal especializada.
https://welex-abogados.com/wp-content/uploads/2024/10/4-3.webp7681024adminproseohttps://welex-abogados.com/wp-content/uploads/2019/12/Welex-Abogados-300x102.pngadminproseo2024-10-15 11:46:002024-10-15 11:46:00Prevención del Blanqueo de Capitales y Promotoras de Obra Nueva
Marbella se ha convertido en uno de los destinos más deseados de la Costa del Sol, generando un gran interés en el alquiler vacacional como una oportunidad de inversión. Si posees una propiedad en Marbella, destinarla al alquiler turístico puede ofrecerte una fuente de ingresos estable, impulsada por la alta demanda de turistas durante todo el año.
Además del alquiler vacacional, es importante considerar otras modalidades como los alquileres de corta estancia, perfectos para estancias de varios meses, o los alquileres de larga duración, orientados a quienes buscan una vivienda más permanente.
En Welex, despacho de abogados ubicado en Marbella, te asistimos en la elaboración de contratos y en el cumplimiento legal para todas estas formas de alquiler, ayudándote a optimizar tu inversión y asegurándote de cumplir con las normativas vigentes. A continuación, revisaremos las principales características del alquiler turístico, el alquiler de corta estancia y el de larga duración:
1. ¿Qué es un alquiler turístico en Andalucía?
El alquiler turístico consiste en la oferta de estancias a corto plazo para viajeros o turistas. Este tipo de arrendamiento es flexible en su duración, abarcando desde unos pocos días hasta varias semanas, y se localiza principalmente en zonas turísticas de alta demanda. A menudo incluyen servicios similares a los de un hotel, como limpieza, internet y aire acondicionado, y se promocionan en plataformas como Airbnb, Vrbo y Booking.
Para alquilar turísticamente en Andalucía, es necesario cumplir con ciertos requisitos y registrar la propiedad en el Registro de Turismo de Andalucía, obteniendo una licencia específica. Cabe destacar que la comunidad de propietarios puede votar para restringir o prohibir este tipo de alquiler, siempre y cuando se obtenga una mayoría cualificada del 60%.
En Welex te ayudamos a obtener la Licencia de Alquiler Turístico y a gestionar los impuestos relacionados. Si tu comunidad ha prohibido el alquiler turístico, también podemos orientarte sobre cómo alquilar a través de otras modalidades, como alquileres de corta o larga estancia.
2. Características del alquiler de corta estancia en Marbella
El alquiler de corta estancia es un tipo de arrendamiento temporal cuya duración suele oscilar entre uno y seis meses. Este tipo de alquiler es ideal para quienes necesitan alojamiento temporal por motivos laborales, académicos o de mudanza. A diferencia del alquiler turístico, que se mide en días o semanas, el alquiler de corta duración está destinado a estancias más largas sin la obligación de firmar un contrato a largo plazo.
En Andalucía no es necesario obtener una licencia especial para este tipo de alquiler. Si te interesa alquilar a corta estancia, en Welex podemos ayudarte a redactar y formalizar el contrato correspondiente.
3. Ventajas del alquiler de larga duración en España
El alquiler de larga duración implica un contrato residencial con una vigencia de un año o más, con posibilidad de renovación. Está orientado a personas que buscan una residencia habitual y conlleva un compromiso mayor entre el propietario y el inquilino.
En Andalucía, así como en el resto de España, este tipo de alquiler no requiere de licencias específicas y está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Se considera un arrendamiento residencial, por lo que no necesita los registros adicionales requeridos en los alquileres turísticos.
En Welex, te asistimos en la gestión del contrato y te proporcionamos toda la información necesaria sobre las normativas que debes seguir. No dudes en contactarnos para obtener más detalles.
https://welex-abogados.com/wp-content/uploads/2024/10/1-1.webp7681024adminproseohttps://welex-abogados.com/wp-content/uploads/2019/12/Welex-Abogados-300x102.pngadminproseo2024-10-03 09:04:472024-10-03 09:04:47Diferencias entre los alquileres en Andalucía
Welex, despacho de abogados en La Costa del Sol y expertos en compraventas en España, tiene el placer de explicar en este blog las garantías legales para el comprador de una vivienda en construcción en España.
Si está interesado en la compra de una vivienda en construcción en Andalucía, debe saber que existen una serie de garantías legales para el comprador establecidas tanto en la legislación autonómica como en la nacional.
Estas garantías de compra de una vivienda en construcción en España incluyen:
El derecho a recibir información detallada sobre la vivienda
La protección de las cantidades anticipadas
Medidas específicas en caso de incumplimiento por parte del promotor o vendedor, como la devolución de estas cantidades más intereses.
A nivel autonómico en Andalucía, existe la obligación para el promotor de entregar un Documento Informativo Abreviado (DIA) que recogerá la información relevante para la firma de su contrato de compraventa en España, tales como:
Datos de identificación del vendedor
Datos de identificación de la empresa constructora
Planos de la vivienda y datos sobre su superficie
Memoria de calidades
Precio de compraventa
Su forma de pago.
Los Tribunales en España también han reforzado la aplicación de las garantías legales en la compra de propiedades en construcción, resaltando la importancia de entregar la vivienda en condiciones de ser habitada y la obtención de la licencia de primera ocupación como condición de la entrega de la vivienda y cancelación de dichas garantías.
Por lo tanto, el promotor debe depositar las cantidades anticipadas por el comprador en una cuenta especial. Después de la firma del contrato privado de compraventa, debe entregar al comprador un seguro o aval que garantice la devolución de dichas cantidades.
Con relación a los impuestos que debe abonar como comprador de una vivienda en Andalucía, debemos distinguir si se trata de una primera transmisión, es decir si una vivienda de reciente construcción vendida por la promotora, o si se trata de una segunda o sucesiva transmisión de la vivienda por un particular.
En el caso de la adquisición de vivienda a la promotora, el comprador deberá abonar dos impuestos en la compra.
Por un lado, el IVA aplicable a la compra de una vivienda en España generalmente es del 10%.
Por otro lado, además del IVA antes mencionado, el comprador deberá pagar el impuesto sobre actos jurídicos documentados, con un tipo de 1.2% sobre el precio de compra.
Si la adquisición de la vivienda es a un particular, en Andalucía la compraventa de una vivienda está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, con un tipo general del 7% sobre el precio de compra, o un tipo reducido si se dan ciertas condiciones específicas relacionas con actividades empresariales en el sector inmobiliario.
Se trataría por tanto de la compra de la vivienda para su reventa por una persona física o jurídica que ejerza una actividad empresarial a la que sean aplicables las normas de adaptación del Plan General del Sector Inmobiliario.
Si tiene alguna duda sobre la garantía de compra de vivienda en construcción en España, o de cualquier asunto de índole legal, contable y fiscal en España, no dude en contactar con nosotros, estaremos encantados de ayudarle.
https://welex-abogados.com/wp-content/uploads/2024/07/1.-Compraventa-de-vivienda-en-construccion-en-Espana.webp7681024adminproseohttps://welex-abogados.com/wp-content/uploads/2019/12/Welex-Abogados-300x102.pngadminproseo2024-07-11 07:29:052024-07-11 07:29:05Compraventa de vivienda en construcción en España
En Welex, despacho de abogados y economistas en Marbella, reconocemos los desafíos legales que enfrentan los no residentes al vender una propiedad en España. En este blog, abordaremos de manera detallada los impuestos y tributos en las operaciones de venta de vivienda por no residentes en España.
Si Vd. es no residente en España y ha decidido vender su vivienda, debe tener en cuenta dos pagos que hay que tener en cuenta tras la venta de inmuebles por no residentes en España como son:
Por un lado: el pago del impuesto sobre la ganancia patrimonial.
Por otro lado: el pago de la plusvalía en España.
Ganancia patrimonial de una venta siendo no residente
Cuando un individuo compra una propiedad en España y el vendedor no es residente, el comprador debe retener y pagar en nombre del vendedor el 3% del precio de venta como adelanto del impuesto sobre la renta no residente a la Agencia Tributaria. Sin embargo, esta retención no es necesaria si el vendedor puede demostrar que está sujeto al impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) mediante un certificado emitido por la administración tributaria de España, esto quiere decir, que es residente fiscal en España.
La ganancia patrimonial vendrá determinada por la diferencia entre el valor de transmisión de la vivienda y su valor de adquisición.
El valor de transmisión de la vivienda será el precio de venta, del que se restarán los gastos e impuestos inherentes a la transmisión pagados por el vendedor en España.
El valor de adquisición será el precio de compra de la vivienda, al que se sumarán los gastos y tributos inherentes a la adquisición.
A la ganancia por diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición se aplicará el tipo del 19%, siendo este el importe a abonar, una vez deducida la cantidad correspondiente a la retención del 3%.
En el caso de que no exista ganancia con motivo de la venta de la propiedad en España, el vendedor tiene derecho a solicitar la devolución del 3% ingresado en todo caso por el comprador.
Para entenderlo mejor, nos serviremos de un ejemplo de nuestro despacho:
Un no residente,
Tiene una casa que se ha vendido por 600.000€ en 2024 y cuyos gastos de venta ascienden a 45.433,29€.
Valor de transmisión: 554.566,71€
La casa, fue comprada por 320.000 en 2010; cuyos gastos de compra fueron 27.644,74€
Valor de adquisición: 347.644,74€
Se calcula la ganancia para saber cuántos impuestos ha de pagar:
Ganancia: 206.921,97€
Habría que pagar un 19% de impuestos sobre la ganancia. En este caso: 315,17€
Como ya se habrá retenido 3% (000€) por el comprador y depositado en la Agencia Tributaria en el momento de la transacción,
El vendedor no residente en España, aún tiene que abonar 315,17€ (39.315,17 – 18.000)
Pago de la Plusvalía en España
Con relación a la plusvalía por la venta de la propiedad en España, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) es un impuesto que grava el incremento de valor que experimenta el terreno objeto de venta como consecuencia de la transmisión de la propiedad en España. Su pago corresponde al vendedor, siendo el comprador responsable subsidiario del pago en caso de vendedores no residentes en España.
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Si está considerando la venta de su vivienda en España, le invitamos a ponerse en contacto con nuestras oficinas. Nos complacerá ofrecerle información detallada sobre todos los gastos e impuestos relacionados con la venta de su propiedad. En Welex, nos comprometemos a brindarle asesoramiento experto y personalizado para garantizar un proceso fluido y sin contratiempos. No dude en comunicarse con nosotros; estaremos encantados de atenderle.
https://welex-abogados.com/wp-content/uploads/2024/06/impuestos-venta-vivienda-no-residentes-Espana.webp7681024adminproseohttps://welex-abogados.com/wp-content/uploads/2019/12/Welex-Abogados-300x102.pngadminproseo2024-06-10 07:49:082024-06-10 07:49:08Impuestos en la venta de vivienda por no residentes en España
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